Como parte esencial de los servicios ofrecidos
a los miembros del Instituto, figuran los de información
y asesoramiento en temas directamente relacionados con el
desempeño de la actividad como consejero o administrador
de una sociedad u organización. Estos servicios le
permitirán solicitar información y asesoría,
con especial atención en las siguientes áreas:
LEGAL
Podrá formular una consulta telefónica gratuita
de índole jurídico-legal a los miembros del
equipo de servicios de información relacionada con
la actividad empresarial y de consejo.
En caso de precisar más información o asesoría
en algún proyecto concreto, le brindamos la oportunidad
de realizar su consulta beneficiándose de tarifas especiales
como miembro de esta asociación.
SEGUROS
La responsabilidad de su empresa puede ser limitada,
pero la suya no.
Ahora que los asuntos de gobierno corporativo están
en el candelero, los consejeros y administradores actuales
se encuentran bajo constante escrutinio. Usted quizás
piense que sus decisiones y acciones están respaldadas
o aseguradas por su compañía, pero esto no siempre
es el caso. Muchos consejeros y administradores están
siendo investigados a título personal y juzgados ante
los tribunales por temas relacionados con el desempeño
de su cargo.
REMUNERACIÓN
Si precisa asesoría y consultoría en materia
de remuneración de cara a preparar su próximo
comité de remuneración y es miembro del Instituto
de Consejeros-Administradores, consulte aquí en primera
instancia.
Los niveles de remuneración de los consejeros deberían
ser suficientes para atraer y retener a los consejeros adecuados,
sin que dicha remuneración pueda afectar a su grado
de independencia en la toma de decisiones para la buena marcha
de la compañía.
SELECCIÓN
El Instituto de Consejeros-Administradores no realiza directamente la selección de consejeros,
si bien entre sus miembros se encuentran los consejeros profesionales más relevantes del país. El
Instituto recomienda para la búsqueda y selección de consejeros el seguimiento de una serie de
principios, y que además en general ésta se realice por una compañía externa especializada en la
búsqueda profesional. Dichos principios básicos contienen, entre otros, los siguientes elementos:
-
1. Antes de contratar la búsqueda de un consejero, debería crearse un Comité de Nombramientos, en
caso de que este no existiera.
-
2. El Comité de Nombramientos no debería ser presidido por el presidente del Consejo de
Administración, sino por un consejero independiente y sus miembros deberían ser consejeros no
ejecutivos. Dicho comité debería analizar los puntos fuertes y débiles de la actual composición del
consejo y el resultado de ese análisis debería servir para definir el perfil del consejero (a) a incorporar.
Se procurará que el Consejo y/o los Consejeros acrediten su conocimiento actualizado en buen
gobierno corporativo.
-
3. La compañía encargada de la selección debería, sobre la base del perfil requerido, añadir valor,
buscando los profesionales más cualificados, yendo más allá de los ámbitos tradicionales de
búsqueda. Dicha compañía, previamente a que el candidato acepte la propuesta, deberá recomendarle
la realización de un pre-due diligence o estudio de la compañía y consejo al cual se incorporara
potencialmente.
-
4. El potencial consejero (a) a incorporar debería recibir una carta o acuerdo de servicios
profesionales, donde se detalle cuales van a ser sus funciones, dedicación comprometida, duración del
acuerdo, condiciones de resolución por cualquiera de las partes, así como el compromiso por parte de
la compañía, de que durante los primeros meses tras su incorporación se llevará a cabo un programa de
introducción a la compañía y su Consejo.
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5. El proceso de selección de consejeros independientes debería evitar todas las posibilidades de
manipulación del proceso y de imposición de sesgos.
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6. El nombramiento del consejero debería en general hacerse público, indicando el proceso seguido
para su nombramiento en aras de la mayor transparencia. En la memoria anual de la compañía
deberían de recogerse los detalles del nombramiento, procedimiento seguido, términos y condiciones,
así como la duración y composición del Comité de Nombramientos.
Diferentes compañías especializadas en la búsqueda de consejeros han acordado con el Instituto de
Consejeros-Administradores el seguimiento de los principios básicos aquí recogidos, lo que añade
una garantía de calidad, profesionalidad y transparencia. Estos principios y acuerdos se actualizarán
periódicamente. Consulte con el Instituto para conocer nombres de compañías de selección relevantes
que garantizan el seguimiento de los principios.
Además del seguimiento de los principios indicados existen condiciones preferentes en dichas
compañías de selección para los miembros de este Instituto que requieran la búsqueda y contratación
de consejeros, para sus consejos.
El Instituto de Consejeros-Administradores, asociación española de Consejeros, promueve la
profesionalización y capacitación de los Consejeros vía la formación y actualización como medio
para un mejor gobierno de las empresas. Este mejor gobierno empresarial es visto por parte de
accionistas e inversores como una garantía de crecimiento y sostenibilidad de su inversión.
Los miembros del Instituto de Consejeros-Administradores son requeridos como consejeros tanto a
nivel internacional como nacional por distintas compañías, referentes actualmente en lo que a buen
gobierno corporativo se refiere.
DISEÑO, ESTRUCTURA Y EVALUACIÓN DE CONSEJOS
Y ÓRGANOS DE GOBIERNO.
Teniendo en cuenta que las empresas españolas tienen
que adaptarse a las normas de buen gobierno corporativo, incluídas
las exigencias previstas en la nueva Ley de Transparencia,
usted como consejero podría necesitar servicios de
orientación y consultoría a la hora de diseñar
y estructurar el Consejo, de cara a responder a las obligaciones
de transparencia y nuevo régimen de deberes de lealtad
y fidelidad de los consejeros y directivos, impuestos por
dicha ley.
Tarifas especiales para los miembros del Instituto.
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